Los contadores de agua con más de 12 años de antigüedad deben renovarse de forma obligatoria
La norma establece un plazo de cinco años para que las comunidades de propietarios y gestoras de parques de contadores realicen su renovación
Madrid. 27 de febrero de 2020.
La nueva Orden Ministerial ICT/155/2020, de 7 de febrero, por la que se regula el control metrológico del Estado de determinados instrumentos de medida (publicada en el BOE de 24 de febrero ) obliga a renovar los contadores de agua con más de 12 años de antigüedad.
Esto afecta a los contadores de agua fría y caliente, para uso residencial, comercial o de la industria ligera, así como los destinados a la gestión del dominio público hidráulico, riego o cualquier otro uso.
La norma aprobada por el Gobierno establece un periodo máximo de vida útil de 12 años para estos instrumentos de medida, que no están sujetos a verificación periódica, y prohíbe expresamente su reparación o modificación.
El objetivo de la norma es garantizar unas condiciones óptimas de uso, que permitan contabilizar con exactitud los consumos de agua de particulares y empresas.